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ES-ADMC-RA00183 · Corporate body · 2003-12-02-

Órgano colegiado dependiente de la Consejería competente en materia de memoria democrática de la Junta de Andalucía. Se creó por el Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la memoria histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra. Fue regulado a través de la Orden de 7 de septiembre de 2009 por la que se aprueba el Protocolo Andaluz de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra, modificada a su vez por la Orden de 9 de julio de 2013 por la que se regula dicho Comité Técnico. Sus funciones son:

  • Coordinación, informe y propuesta de las actuaciones previstas en los artículos 2 y 3 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre.
  • La instrucción de los trámites de información pública y audiencia a los interesados que presenten alegaciones a los proyectos de exhumación para elevar la propuesta de resolución a la persona titular de la Consejería competente en materia de memoria democrática.
  • Seguimiento de las actuaciones que se desarrollen en materia de exhumaciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Propuesta de actuaciones específicas previstas en el artículo 7 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre.
  • Cuantas otras puedan encomendársele en relación con las actuaciones objeto de la Orden de 9 de julio de 2013.
ES-ADMC-RA00209 · Corporate body · 2017-03-28–

El Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Andalucía es el órgano colegiado encargado de informar sobre el proyecto del Plan Andaluz de Memoria Democrática y los proyectos de planes anuales, así como de elaborar cuantos informes y recomendaciones considere necesario efectuar en relación con la política de memoria democrática de la Junta de Andalucía.

Además, dicho órgano debe valorar y emitir un dictamen acerca del informe sobre las ayudas y apoyos que anualmente realice la Administración de la Junta de Andalucía; emitir informe preceptivo sobre las solicitudes de incoación del procedimiento para la inscripción en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática de Andalucía; y proponer las actuaciones necesarias para la creación del grupo de trabajo o comisión independiente para la elaboración de un informe a favor de la verdad, reparación y la garantía de no repetición sobre la represión franquista en Andalucía.